El anteproyecto de ley será llamado “Ley orgánica de Protección de la Vida del
Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada”. Esta nueva norma suprime
el derecho al aborto tal y como lo recogía la ley aprobada por el Gobierno de Zapatero en
2010. Algunos de los aspectos a destacar son los siguientes:
- El aborto será permitido si implica algún riesgo
importante y duradero para la mujer tanto para su salud como para su vida. Este
derecho tiene sus plazos límites siendo de 22 semanas de gestación y que este daño sea demostrable con informes emitidos por dos médicos de de diferentes clínicas, respectivamente.
- El aborto será permitido si ha existido
violación en las 12 primeras semanas y si se ha denunciado previamente este
acto.
-
Prohibición de publicidad de centros dedicados
al aborto.
- Fuera de las pautas consideradas, la mujer que
realice una interrupción voluntaria del embarazo tendrá un reproche administrativo y no penal. Esto no ocurre con
el médico que lo realice al que si se le impondrá un sanción penal.